La obligación es un vinculo jurídico que nos impone la necesidad de satisfacer o pagar a otro una cosa según el derecho de nuestra ciudad.
Las obligaciones nacen, ya del concurso real de las voluntades de dos o más personas, como en los contratos o convenciones; ya de un hecho voluntario de la persona que se obliga, como en la aceptación de una herencia o legado y en todos los
cuasicontratos; ya a consecuencia de un hecho que ha inferido injuria o daño a otra persona, como en los delitos; ya por disposición de la ley, como entre los padres y los hijos de familia (C.C. 1494).
ELEMENTOS CONSTITUTIVOS DE LAS OBLIGACIONES EN ROMA
1. vinculo juridico entre 2 personas: es cuando las partes pactan
2. sujeto activo : puede ejercer el derecho dependiendo de quien incumple la obligacion
3. sujeto pasivo: es el que incumple y tiene la obligacion
4. el objeto : es entregar un bien y la otra parte paga por el
5.una accion del acreedor a el deudor : obligacion
Las obligaciones se clasifican en: Obligaciones civiles (son aquellas que puedo ejercer judicialmente y civilmente) y Obligaciones naturales (cuando el acreedor no cuenta con una accion juridica para hacer efectivo el cumplimiento de la obligación).
CONSENTIMIENTO
Es el acuerdo de las voluntades de dos o mas personas, encaminadas a establecer entre ellas una relación jurídica.
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